lunes, 1 de mayo de 2017

Régimen de las Cosas



Régimen de las cosas.
La palabra RES (COSA) se designaba a todo lo que pudiera ser objeto de derechos patrimoniales y que es permutable o sea, que representa una utilidad estimable en dinero, pero en  la antigua Roma había cosas que no podían ser objetos de derecho, ni pertenecer a ningún patrimonio particular de los hombres.





CLASIFICACIÓN DE LAS COSAS
Se clasifican en:
·       RES DIVINI IURIS
·       RES HUMANI IURIS


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