lunes, 1 de mayo de 2017

Regimen de los Bienes



Régimen de los Bienes.
Bienes: es todo aquello que puede procurar una  utilidad cualquiera al hombre.
Patrimonio: Es el conjunto de derechos y de obligaciones apreciables en dinero, constituyendo una universalidad jurídica. Está integrado por los derechos reales y derechos personales.
También lo podemos definir como el conjunto de bienes de familia que se obtienen por herencia.
Los Bienes de acuerdo a la primitiva división de Justiniano se dividen en  2 grandes categorías:
1.    RES EXTRA PATRIMONIUM (fuera del patrimonio)
Eran los bienes que no pertenecían a simple particulares, proceden del Derecho Humano y otros del Derecho Divino.
2.   RES IN PATRIMONIUM (dentro del patrimonio)
Eran aquellas cosas que estaban en el patrimonio de un particular.


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