lunes, 1 de mayo de 2017

RES DIVINI IURIS (Derecho Divino)



RES DIVINI IURIS (Derecho Divino)
Son las cosas consagradas por los Dioses y regidas por el Derecho Religioso.
Se dividen en: Res Sacrae,  Res Religiosae,  Res Sanctae.
·       Res Sacrae:(cosas sagradas) consagradas a los Dioses Superiores. Ejemplo: los templos, los terrenos y los utensilios que utilizaban en las ceremonias religiosas.
·       Res Religiosae (cosas religiosas)  consagradas por los Dioses Inferiores. Ejemplo: los sepulcros y las tierras donde se encontraban depositado un cadáver.
·       Res Sanctae: (cosas santas) se colocaban bajo la protección de los Dioses. Ejemplo: los muros y las puertas de las ciudades, todo aquel que incurriera en su violación era castigado con una pena severa.




2 comentarios:

  1. En la res sacrae un ciudadano normal podía vender un ornamento religioso para pagar unas deudas personales?

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  2. No, porque todo lo que era del Res Extra Commercium estaba fuera de todo comercio o negocio jurídico. Se consideraban no pertenecientes a los hombres, sino más bien a los dioses, como el caso del res sacrae, res religiosae y res sanctae.

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